domingo, 22 de enero de 2012

Las casas ilegales siguen dando guerra. Vélez-Málaga (SUR)


El Gabinete de Estudios de la Naturaleza de la Axarquía anuncia un recurso contra el decreto aprobado por la Junta
22.01.2012 - 
AGUSTÍN PELÁEZ
 
VÉLEZ-MÁLAGA.

El Decreto de Regularización de Construcciones y Edificaciones en suelo no Urbanizable aprobado el pasado 10 de enero por el Consejo de Gobierno de la Junta no convence ni a los propietarios de viviendas, que se supone son sus potenciales beneficiarios, ni a las asociaciones ecologistas. De hecho, tanto unos como otros han expresado su disconformidad con la nueva norma. Los primeros, porque consideran que el decreto no viene a resolver la legalidad de lamayoría de las construcciones, y los segundos, porque creen que es una amnistía en toda regla, que además contradice a una norma de rango superior como es la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA).
Ante esta situación, el Gabinete de Estudios de la Naturaleza de la Axarquía (GENA-Ecologistas en Acción) ha anunciado su intención de interponer ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía un recurso contra el Decreto de Regularización, una norma que califican de «auténtica chapuza jurídica».
Para el colectivo ecologista, que tiene en su haber ser una de las asociaciones que más denuncias por presuntas edificaciones ilegales ha formulado ante la Consejería de Obras Públicas en la última década, el decreto establece una ordenación indiscriminada de las viviendas en el suelo no urbanizable, cuando la LOUA sólo lo permite cuando están vinculadas a la actividad agrícola, ganadera y forestal, siempre que se justifique su necesidad o tengan un interés público.
«Es jurídicamente inadmisible que una norma de rango inferior a la LOUA (el Decreto) contradiga lo que se regula mediante una Ley. Para que sea posible, el contenido del Decreto se tendría que haber aprobado como Ley o como una nueva redacción de la LOUA», señala el presidente de GENA. EeA, Rafael Yus.
El Decreto, según los ecologistas, solo excluye de la regularización las viviendas que se encuentran en suelos protegidos o sometidos a prevención por riesgos geológicos, como es el caso de los inundables. «Nada se dice sobre las normas que establece el Plan de Ordenación Territorial de la Axarquía (POT) para la protección del paisaje, como son las viviendas que se han construido en hitos paisajísticos, a media ladera, en las lomas que afectan al paisaje. De hecho, por el número de viviendas que la Junta ha incluido como regularizables para la Axarquía, es evidente que no ha excluido estas casas y las que se encuentran en laderas de más del 30% de pendiente, que son un gran número de ellas. Por todo lo cual, entendemos que el Decreto está obviando normas que establece unas normas (la del POT de la Axarquía) de rango superior, puesto que el POT es una derivación de la ley del suelo (LOUA)», asegura Yus.
Delito penal
Para el Gabinete de Estudios de la Naturaleza de la Axarquía , el Decreto además obvia el hecho de que este tipo de construcciones se considera un delito contra la ordenación del territorio, según el Código Penal (artículo 320.2). En este sentido, el colectivo considera que la nueva norma no puede eliminar el carácter de delito previsto en el Código de Justicia. «Se puede dar el caso de que una vivienda regularizada siga siendo un delito de ordenación del territorio puesto que cuando se hizo esta acción contravenía las leyes de ordenación del territorio aún vigentes. Dicho de otro modo, para eliminar este delito tendría que hacerse mediante una amnistía con todas las de la ley, no mediante un decreto que encubiertamente lo pretenda», afirma Yus.
De hecho, la asociación ecologista está considerando la posibilidad de llevar a cabo una escalada de denuncias ante la Fiscalía de Medio Ambiente de la Audiencia Provincial de Málaga, contra todas las viviendas que sean legalizadas antes de prescribir el delito.
Según GENA. EeA, el texto del Decreto elimina el carácter de delito para la construcción de viviendas en suelos prohibidos, lo que, a juicio de Yus, sienta un precedente jurídico que beneficia al infractor y creará un «efecto llamada» para que se continúe con este tipo de prácticas.

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