miércoles, 22 de febrero de 2012

Mijas prohibirá colocar antenas y aire acondicionado en las fachadas (SUR)


La ordenanza de Inspección de Edificios limita la instalación de ornamentos y obliga al mantenimiento de las edificaciones
22.02.2012 - 
MARI CARMEN JAIME
 
MIJAS.

Mijas prohibirá colocar antenas y aire acondicionado en las fachadas
La normativa también obliga a la retirada del cableado en las fachadas de todo el municipio. ::M. C. J.
Desde su llegada al Ayuntamiento el pasado mes de junio, el equipo de gobierno del PP de Mijas quiere potenciar la imagen estética de la localidad como municipio turístico, cuya industria es la principal en la zona. Por ello nace una iniciativa urbanística que se enmarca dentro de la ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones, que se aprobará inicialmente en el pleno del sábado.
En ella, además del mantenimiento de los edificios, se establece como obligatorio el adecentamiento de fachadas así como la eliminación de elementos antiestéticos. Así, se fija la prohibición de locales comerciales acabados con ladrillos, de manera que «todos los propietarios tendrán que enfoscar y pintar las fachadas», apuntó el concejal de Urbanismo Manuel Navarro. Junto con ello, se adoptan limitaciones a la instalación exterior de aparatos de aire acondicionado, antenas y cables en fachadas. Al respecto, el edil explicó que «las comunidades deberán tener solo una antena».
Por otra parte, «se exigirá el correcto estado de mantenimiento de la pintura exterior de los edificios», apuntó el representante municipal. Asimismo, en la ordenanza se fija que las fachadas de Mijas Pueblo sean de color blanco -algo ya establecido hace años a raíz de la catalogación de la zona como Bien de Interés Turístico (BIC)- y se proponen iniciativas para potenciar la imagen del núcleo de La Cala como pueblo marinero andaluz.
Parcelas
La nueva ordenanza también recoge la obligación de que los solares estén libres de escombros, maleza y basuras. Además, los propietarios de parcelas con construcciones inacabadas desde hace dos años tendrán la obligación de finalizar las obras y en caso de incumplimiento «se declarará su venta forzosa, estando prevista incluso en la ordenanza la expropiación», advirtió Navarro.
Una vez que la normativa entre en vigor, los propietarios o comunidades de edificaciones con más de 25 años tendrán un plazo de dos años para cumplir con la obligación de someter la construcción a una Inspección Técnica de Edificios (ITE), que únicamente podrá realizar un técnico competente y que se encargará de certificar si el edificio reúne las condiciones de habitabilidad y de seguridad mínimas. El profesional tendrá potestad para proponer acciones u obras a realizar en aras de corregir las posibles anomalías.
Una vez realizada la primera ITE, la ordenanza fija nuevas inspecciones cada 15 años, en el caso de edificios con menos de 50 años de antigüedad y, cada 10 años, para aquellas que tienen más de medio siglo. Este tipo de revisiones se realizan desde hace años en numerosas ciudades españolas.
Los técnicos de Urbanismo del Ayuntamiento declararán en estado de ruina aquellas edificaciones cuyo coste de reparación supere el 50 por ciento del valor del inmueble, siempre que se determine el agotamiento generalizado de sus elementos estructurales y de seguridad, además de que puedan generar peligro para viandantes. En este sentido, y en virtud de la nueva ordenanza municipal, la administración local tendrá potestad para decretar la demolición de la edificación o también para exigir la reparación de las mismas, fijando un plazo de arreglo vinculante a sus propietarios.

Juzgan a los dueños del Grupo Mirador por simular insolvencia para defraudar (SUR)


La Fiscalía pide seis años y medio de cárcel y que paguen una deuda de 2,4 millones de euros a la Seguridad Social y una multa de cuatro
22.02.2012 - 
MONTSE MARTÍN 
MÁLAGA.

Juzgan a los dueños del Grupo Mirador por simular insolvencia para defraudar
Un grupo de compradores afectados por Mirador protestan ante el antiguo juzgado de Vélez . :: SUR
Los responsables de la constructora-promotora Grupo Mirador, los hermanos Enrique y Leopoldo Faura, serán juzgados mañana de un delito de fraude a la Seguridad Social y otro de insolvencia punible por no hacer frente, presuntamente, al pago de cuotas que ascienden a 2,4 millones de euros y ocultar bienes y patrimonio aparentando una situación de insolvencia. El Ministerio Público pide una pena de seis años y medio de cárcel y multa de cuatro millones de euros para cada uno, así como el pago de una indemnización de 2.427.745 euros a la Tesorería de la Seguridad Social.
El Juzgado de lo Penal número 14 juzgará mañana la actuación de los dos hermanos al frente de las distintas sociedades que componen el Grupo Mirador que, según la Fiscalía de Delitos Económicos, se ha caracterizado por «un nulo o muy escaso cumplimiento de la normativa mercantil en el funcionamiento de las sociedades». Como ejemplo se refiere a que el grupo sólo reflejó hasta el ejercicio 2004 las cuentas anuales en el Registro Mercantil y que desde ese año ha omitido la legalización de los libros de contabilidad, lo que ha provocado que el citado registro haya cerrado los asientos respecto de 15 entidades.
Los dos hermanos procesados han venido desarrollando, según el fiscal, «una estrategia dirigida a incumplir sistemáticamente sus obligaciones con la Seguridad Social». En ese sentido, afirma que pese a que todas las sociedades del grupo requieren de trabajadores por cuenta ajena, éstos sólo eran contratados por cuatro mercantiles «sin que, por regla general, ingresaran la cuotas empresariales ni obreras». Asimismo, asegura que los acusados «de forma intencionada» dieron de alta a los trabajadores en aquellas sociedades con un menor capital y que carecen de patrimonio y constituyeron una mercantil ocultando que ellos eran los titulares reales haciendo figurar como socios a empleados de otras entidades del grupo. Los trabajadores de estas cuatro sociedades prestaban sus servicios indistintamente en cualquiera de las sociedades Mirador, llegando los acusados, incluso, a trasvasar empleados de una empresa a otra, de tal forma, que cuando la primera de ellas acumulaba cuantiosas deudas se transferían a la siguiente. El fiscal afirma que entre agosto de 2002 y junio de 2008 tres de las cuatro sociedades del Grupo Mirador dadas de alta en la Seguridad Social acumularon una deuda total de 2.674.978 euros.
La acusación pública añade que los dos hermanos «utilizaban distintos ardides para evitar que la Seguridad Social se pudiera cobrar la deuda» contraída con ella. Así, en unas ocasiones «ocultaban la existencia de inmuebles propiedad de las sociedades deudoras», evitando que aparecieran en el Registro de la Propiedad, y en otras realizaban sucesivas transmisiones de los inmuebles a distintas sociedades del grupo para dificultar la localización de los bienes, como es el caso de una finca que fue transmitida de una empresa a otra el mismo día; dos años después vendida a otra sociedad del mismo grupo y otros dos años más tarde revendida nuevamente. De esta manera, la finca no llegó a permanecer en el Registro de la Propiedad un solo día a nombre de la empresa que tenía la deuda con la Seguridad Social.