domingo, 14 de octubre de 2012

Una sentencia abre la puerta a que Urbanismo devuelva dinero de licencias de obra (SUR)


Un juzgado de la capital obliga al Ayuntamiento a revisar un cobro de derechos edificatorios que el TSJA anuló hace dos años

Una sentencia abre la puerta a que Urbanismo devuelva dinero de licencias de obra
Los cobros se produjeron en los años del 'boom' inmobiliario. :: SUR
Hace dos años que un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) cerró para el Ayuntamiento una de sus principales fuentes de ingresos urbanísticos: la venta de derechos para edificar a la hora de conceder una determinada licencia de obras. Tras siete años realizando esta práctica, de 2003 a 2010, la Gerencia Municipal de Urbanismo la suprimió, acatando la sentencia, y devolvió las cantidades cobradas de manera irregular pero solo a los cuatro promotores que recurrieron en su momento este pago obligatorio, lo que le supuso un desembolso de en torno al medio millón de euros. Pero, ¿qué pasó con el resto de expedientes que obligaron a los solicitantes de las licencias a pasar por caja?
Después del citado fallo del TSJA, no se quedaron con los brazos cruzados. Más de medio centenar de particulares y empresas acudieron a los tribunales para exigir al Ayuntamiento que también les devolviera el dinero, pero no lo lograron. Pese a argumentar en sus recursos que se había producido un enriquecimiento injusto por parte del Consistorio y demandarlo por responsabilidad patrimonial, el juzgado no les llegó a dar la razón.
Sin embargo, en los últimos días se ha evacuado una sentencia que, por vez primera, se inclina del lado de uno de los promotores afectados por este cobro. La ha emitido el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Málaga y contra ella no cabe recurso. El juez estima parcialmente la demanda y obliga a Urbanismo a tramitar el expediente de revisión de oficio de licencia de obra por el que cobró la venta de derechos edificatorios, «sometiendo el asunto al dictamen del Consejo Consultivo de Andalucía y resolviendo en su momento lo que proceda».
El letrado Manuel Jiménez, del despacho Ius Urbis Abogados, que lleva la defensa de este caso, explicó que, aunque el dictamen del Consejo Consultivo no es vinculante para el Ayuntamiento, puede ponerle en un serio aprieto si, basándose en la citada sentencia del TSJA y el contenido imposible de la venta realizada, anula el cobro y le obliga a devolver el dinero al solicitante de la licencia. «Este es solo un caso, pero pueden venir muchos más detrás», señaló Jiménez. Igualmente, apunto que, en caso de que se llegara a un nuevo pleito porque el equipo de gobierno municipal no hiciera caso al pronunciamiento del Consejo Consultivo y el privado lo recurriera, podría incluso suponer una mayor pérdida económica para las arcas municipales, ya que en caso de perder esta segunda sentencia tendría que pagar las costas del proceso, además del reintegro del dinero exigido hace años.
Según adelantó este periódico (ver SUR 21/5/2010), podría ascender a unos cinco millones de euros la cantidad global ingresada por la Gerencia con cargo a la venta de derechos edificatorios a los solicitantes de licencias de obra. No obstante, a la hora de devolver este dinero, la cifra podría ser muy superior si se le aplica el interés legal del dinero en el tiempo transcurrido.
La clave de la defensa
Manuel Jiménez resaltó que la clave por la que el juzgado ha estimado, aunque de forma parcial, su recurso es que lo han fundamentado en que un acto administrativo firme puede revisarse, aunque hayan transcurrido cuatro o más años, si se dan una serie de supuestos establecidos legalmente. Uno de estos supuestos es que su contenido sea «imposible». En este caso, han argumentado en la defensa que los cobros entran dentro de ese supuesto, ya que el Ayuntamiento no tendría que haberlos exigido en modo alguno, según ha quedado demostrado después.
Esta argumentación es la que ha movido al juzgado a aceptar el recurso, aunque solo en una parte de su contenido, y obligar a Urbanismo a revisar un acto que, pese a los años transcurridos -seis en este caso-, puede ser rectificado por ser nulo de pleno derecho.
Según el abogado de Ius Urbis, es posible que, a partir de esta sentencia, muchos particulares afectados por los cobros vuelvan a recurrir en los tribunales para obtener un pronunciamiento a su favor al emplear esta tesis. En cualquier caso, habrá que ver también qué medidas toma el Ayuntamiento para eludir la devolución del dinero.
Las cantidades cobradas por Urbanismo por la venta de derechos edificatorios en la concesión de algunas licencias de obra son muy variadas. Oscilan entre los tres mil o cuatro mil euros que pudo solicitar en su momento por una vivienda unifamiliar y los 60.000 euros o incluso bastante más para proyectos de bloques de pisos.
Estos cobros se produjeron en los años del 'boom' inmobiliario, por lo que fueron muchos los promotores que entraron por el aro de abonarlos, aunque estuvieran disconformes con ellos, sin recurrirlos. Todo con tal de obtener los permisos de obra para una época en la que la construcción alcanzó unos niveles muy elevados, especialmente en Málaga capital y en el resto de localidades del litoral de la provincia.

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