lunes, 20 de abril de 2009

El Defensor del Pueblo acusa al IMV de exigir de forma «ilegal» ingresos mínimos para una casa (SUR)

Chamizo asegura no existe normativa alguna que establezca ese requisito La empresa municipal pide 6.000 euros


El Defensor del Pueblo Andaluz, José Chamizo, advierte de que el Instituto Municipal de la Vivienda (IMV) de Málaga exige como requisito para la adjudicación de una vivienda para jóvenes en la provincia con cargo al Plan Andaluz de la Vivienda y Suelo 2005-2008 tener unos ingresos mínimos ponderados familiares anuales en una cuantía mínima, concretamente, superiores a 6.000 euros, sin que «existiera en el momento de los hechos una norma legal estatal o autonómica que amparara tal exigencia».
En una resolución emitida por la Oficina del Defensor del Pueblo, recogida por Europa Press, Chamizo afirma que ha recibido numerosas quejas que alertan de la «exclusión» de ciudadanos interesados en el procedimiento de adjudicación de una vivienda protegida con cargo al Plan Andaluz de Vivienda y Suelo 2005-2008 en la provincia por no tener unos ingresos ponderados superiores a 6.000 euros anuales, cuando «no existe ninguna normativa que establezca dicho requisito, por más que el vigente Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012 si lo prevea».
Dos años de residencia
Igualmente, alerta de que tampoco existe cobertura legal expresa que habilite a los promotores públicos o privados de viviendas para establecer un número mínimo de años de residencia en el municipio para poder acceder a las viviendas protegidas que promuevan, extremo que también venían exigiendo, en un plazo de dos años, el IMV, según el Defensor.
Por otra parte, destacó que la causa de archivo de las solicitudes establecidas en el pliego -en su apartado número 5-, tales como el abandono o cesión del título de la vivienda, la causa de graves deterioros a la misma, la incursión en un expediente de desahucio de una vivienda pública o la falsedad de datos en los documentos de solicitud, tampoco encuentra normativa alguna que la ampare.
Tal y como advierte Chamizo, la práctica de incluir o permitir la incorporación de determinadas cláusulas de exclusión para poder solicitar o acceder a una vivienda de protección oficial en Andalucía «puede suponer una violación» de los principios de «igualdad y concurrencia de la ciudadanía a la hora de acceder a una vivienda protegida de Ley Medidas para la Vivienda Protegida y del Suelo».
Por ello, el Defensor demanda, entre otras cuestiones, que se modifique el pliego de cláusulas para la selección de adjudicatarios con el fin de que se suprima el requisito de un nivel mínimo de ingresos para acceder a viviendas que aún están pendientes de adjudicar con cargo al anterior Plan de Vivienda y Suelo 2005-2008, así como el empadronamiento por un periodo de dos años anterior al momento de presentar la solicitud.

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