domingo, 4 de julio de 2010

TORROX. Confirman la condena a un hombre por construir una casa en suelo no urbanizable. (ELMUNDO)

La Sección Tercera de la Audiencia de Málaga ha confirmado la condena impuesta a un particular por construirse una vivienda con porche y piscina en 2004 en suelo no urbanizable al acogerse a una licencia para caseta de aperos de labranza.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, desestima el recurso de apelación interpuesto por el procesado contra la sentencia que dictó en 2009 el Juzgado de lo Penal número 6 de Málaga donde se le condenaba a seis meses de prisión y multa de 2.160 euros por un delito contra la ordenación del territorio.

En dicha sentencia se consideró probado que el procesado durante 2004 se construyó una vivienda unifamiliar aislada con un porche de unos 100 metros y plataforma elevada con piscina y trastero, al amparo de una licencia municipal de obras concedida para una caseta de aperosde labranza de 24 metros cuadrados en el paraje no urbanizable de Torrox (Málaga).

El nuevo tribunal explica en su resolución que la sentencia del Juzgado de lo Penal también ordenó la demolición de la construcción, sanción que es facultad del juzgador y, que en este caso, la motivó "de forma irreprochable".

Los magistrados han rechazado todos los argumentos expuestos por la defensa del acusado y consideran que "los vallados y las piscinas son construcciones susceptibles de provocar la comisión del delito".

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