sábado, 9 de junio de 2012

El juez critica la «pasividad» e «inactividad» municipal en las obras del mercado del Carmen (SUR)


La sentencia que obliga al Ayuntamiento a pagar 20 millones por frustrar una promoción reprocha que no se atendieran las quejas de la empresa 

09.06.12 - 01:28 - 
El juez que ha condenado al Ayuntamiento de Málaga a indemnizar con 19,9 millones de euros al grupo inmobiliario Baensa por frustrar la promoción de viviendas que tenía proyectada en Callejones del Perchel por el retraso de cuatro años en las obras del nuevo mercado del Carmen no solo ha echado por tierra en su sentencia los argumentos esgrimidos por el Consistorio para eludir todo tipo de culpa, sino que además le reprocha su «inactividad» y «pasividad» a la hora de impulsar esta actuación, legitimando así la responsabilidad patrimonial que reclamaba la empresa.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, el titular del Juzgado de los Contencioso-Administrativo número 5 mantiene que aunque Los Lagos Siglo XXI (filial de Baensa) no fue parte en el convenio suscrito en 2005 por la Gerencia de Urbanismo y la junta de compensación del sector -tal y como alegó en su defensa el Ayuntamiento- ya que se hizo con los terrenos en noviembre de 2007, «el interés de los eventualmente afectados por la inejecución de los convenios ya celebrados implica que tengan legitimación para exigir responsabilidad por los daños deducibles». En este punto, considera probado el compromiso municipal de finalizar la construcción del mercado y del 'parking' subterráneo antes del 31 de diciembre de 2007 y, en caso de no llegar a tiempo, trasladar a los comerciantes a otro emplazamiento permitiendo la demolición del antiguo zoco para dejar el terreno despejado para la urbanización de la zona y la construcción de las 230 viviendas previstas.
Además, el magistrado también pone en entredicho la decisión de la Gerencia Municipal de Urbanismo de rechazar, sin entrar a analizar, la reclamación patrimonial por 18,3 millones presentada por la sociedad alegando una cuestión de forma. En este caso, el juez entiende que el órgano municipal debió requerir a la empresa «para la subsanación y eventual mejora de la reclamación en los términos procedimentales establecidos», por lo que concluye que «la no admisión a trámite en la vía administrativa es plenamente disconforme a derecho».
En cuanto al argumento de la promotora de que tuvo que renunciar al proyecto en 2009 ante la imposibilidad de ejecutarlo y hacer frente a la hipoteca con Unicaja, en la sentencia se recoge que la venta de la parcela a la entidad financiera (por 35 millones, cuando la adquirió por 41,4) «minimizó los daños que estaba sufriendo», por lo que respalda plenamente la compensación económica solicitada por Baensa (9,2 millones por la pérdida sufrida y otros 9 millones por el dinero que dejó de ganar al no poder levantar la promoción).

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