viernes, 21 de febrero de 2014

El fiscal no ve delito en el derribo de un muro del acueducto de San Telmo (La opinión)

El Seprona dice que la franja demolida en la calle Domínguez Ávila, para permitir el acceso a un edificio, no forma parte de la estructura principal

21.02.2014 | 05:00
Imagen del acueducto de San Telmo.
Imagen del acueducto de San Telmo. 
La Sección de Medio Ambiente y Urbanismo de la Fiscalía de Málaga ha archivado unas diligencias de investigación abiertas tras una denuncia por la demolición de un doble muro, que en principio parecía pertenecer al acueducto de San Telmo, en la calle Domínguez Ávila. El derribo se efectuó para permitir el acceso a un edificio desde la Alameda de Capuchinos. El ministerio público concluye que no hay indicios de delito basándose en los informes de la Guardia Civil, la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento.
La denuncia partió de la Asociación de Amigos del Acueducto de San Telmo. En concreto, el denunciante entendía que se había producido un delito contra el patrimonio histórico en las obras de demolición de un inmueble de la calle Domínguez Ávila, zona que atraviesa la infraestructura hidráulica que desde finales del siglo XVIII y hasta 1965 sirvió para traer el agua del río a la ciudad. Actualmente, está declarado Bien de Interés Cultural (BIC).
El Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil efectuó un atestado en el que aludía al derribo de un doble muro de medianería en el número 6 de la calle Domínguez Ávila, «ya que coincide su trazado con el del acueducto de San Telmo». Tras varias inspecciones oculares y oficios dirigidos a la Junta y al Ayuntamiento, los agentes llegaron a la conclusión de que los muros demolidos para acceder al edificio desde la Alameda de Capuchinos «no forman parte del ramal secundario del acueducto, por lo que su rotura no supone afección alguna al mismo», descartando la existencia de un delito.

El informe de la Sección de Arqueología de la Gerencia de Urbanismo comprobó que «la demolición no ha causado ningún tipo de afección sobre ningún elemento estructural» de la infraestructura hidráulica, mientras que la Delegación de Cultura de la Junta de Andalucía afirmaba que «los muros medianeros parcialmente demolidos no forman parte del ramal secundario del acueducto, por lo que su rotura no supone afección alguna al mismo».
Dice la Fiscalía en su decreto de archivo que es necesario que existan una serie de indicios para abrir una investigación penal, y recuerda que el ministerio público «no puede convertirse en una instancia de supervisión de las actuaciones de la administración. Su actuación debe limitarse a aquellos supuestos de existencia de indicios racionales de criminalidad», y recuerda el principio de intervención mínima del derecho penal, insistiendo en que sólo los hechos más graves, según el principio de legalidad, «podrán incluirse en el ámbito del Derecho Penal», por lo que archiva el proceso basándose en los dos informes y el atestado policial.
La Fiscalía ya archivó otras diligencias de investigación penal una vez que en 2006 desparecieron 15 metros del trazado del acueducto debido a las obras de remodelación del enlace entre las rondas de Málaga. En este caso, el archivo se debió a que el monumento no fue declarado BIC hasta 2009 y la desaparición parcial del trazado se produjo tres años antes.

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