jueves, 26 de julio de 2007

Una juez ordena por primera vez la demolición de una casa de madera construida en suelo no urbanizable (SUR)

Condena a la propietaria a seis meses de cárcel y al pago de una multa de 3.600 euros por un delito urbanístico La vivienda, de 70 metros, está en Alhaurín el Grande

Una juez de la capital ha ordenado por primera vez la demolición de una casa de madera por estar construida en suelo no urbanizable. Se trata de una vivienda de 70 metros cuadrados levantada sobre una parcela de 800, en el término municipal de Alhaurín el Grande, cuya propietaria ha sido condenada a seis meses de cárcel y a 3.600 euros de multa por un delito contra la ordenación del territorio (urbanístico).La sentencia dictada por la juez sustituta del Juzgado de lo Penal número 1 de Málaga considera probado que Denise S., de nacionalidad británica y propietaria de la parcela clasificada como suelo no urbanizable común, promovió en septiembre de 2004 la construcción de la vivienda unifamiliar de madera asentada sobre un bloque de hormigón. La casa, de unos 70 metros cuadrados, cuenta con un dormitorio, cocina, baño y salón. La construcción alertó a un vecino que la denunció ante la Guardia Civil.La parcela adqurida por Denise S. tiene 3.000 metros cuadrados de superficie total y dentro de ésta existe un espacio cercado de 800 metros en cuyo interior se construyó la casa. En noviembre de 2004 el Ayuntamiento de Alhaurín decretó la paralización de la obra, ya que no cumplía la normativa municipal vigente en materia urbanística y que la edificación no está vinculada a un uso agrícola, ganadero, forestal o cinegético, excepciones que la ley contempla para construcciones en suelo no urbanizable común.Durante la vista oral, la propietaria declaró que se trataba de una casa para pasar las vacaciones, aunque después dijo que iba a ser ocupada por un familiar enfermo y que antes de comprar la parcela estuvo viendo otros terrenos. La juez en su sentencia afirma que «es evidente que se estuvo asesorando sobre la posibilidad de construcción de la vivienda» y añade además que la mujer «era consciente y sabía desde un principio que no podía realizar dicha construcción», aunque fuera de madera porque «no solicitó siquiera licencia, tan sólo un permiso para una arqueta».Hubo intenciónRecuerda también que la acusada ha venido desarrollando en España, adonde llegó en el año 2002, una serie de actividades empresariales relacionadas con servicios de propiedad inmobiliaria o alquiler de locales industriales por lo que, según la sentencia, «debe excluirse el error y de deducir, por el contrario, el dolo o la intención de la encausada».El fiscal solicitó la demolición de la casa por entender que la construcción de la vivienda unifamiliar aislada, realizada en suelo clasificado como no urbanizable común, no es legalizable. «La demolición se debe llevar a cabo porque, de lo contrario, quedaría la legalidad urbanística sin reponer, que es lo que no ha querido el legislador», explicó el Ministerio Público.La sentencia aún no es firme y puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Málaga. Precisamente este tribunal ordenó hace unos días la demolición de una nave industrial construida en suelo no urbanizable y de protección agrícola en Nerja.

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