sábado, 7 de marzo de 2009

Unas cláusulas leoninas que blindan las hipotecas (La Opinión)

Quienes tengan tipos de interés mínimo no se benefician de la caída del Euríbor. Denuncian que ningún banco ofrece aún a sus clientes poder aplazar sus créditos

I. A. C. MÁLAGA La Unión de Consumidores de Málaga considera que los llamados tipo de interés mínimo, que muchos préstamos hipotecarios incluyen en la letra pequeña de los contratos que vinculan a los bancos y los clientes, son, en realidad, cláusulas abusivas, que a veces incluso son omitidas por el personal de la entidad financiera. Este tipo de interés mínimo significa que por mucho que bajen los intereses, el interés que éstos van a pagar nunca bajará de un determinado tipo que generalmente oscila entre el 3,5% y el 4%.
La UCE de Málaga cree que en muchas ocasiones, los ciudadanos se han visto obligados a firmar estas condiciones para poder acceder a la hipoteca. "Y ahora no se beneficiará de bajos tipos de interés en un escenario económico con tantas dificultades como el actual, sin embargo en situaciones con altos tipos de interés, el cliente sí tendrá que hacer frente a la cuota establecida sin tener limitación alguna", sentenció ayer Jesús María Burgos, presidente de la UCE.
Por otra parte, la Unión de Consumidores de Málaga reivindica el establecimiento de sistemas de revisión de los intereses de forma semestral o incluso trimestral con el fin de trasladar de una forma más inmediata cualquier bajada de los intereses a las hipotecas. "Hay que recordar a los ciudadanos que las revisiones de intereses se establecen de forma anual, por lo que en muchos casos las sucesivas bajadas de los intereses no se trasladarán hasta finales de año a la cuota de la hipoteca", añadió Burgos.
¿Ayudas del Gobierno? Del mismo modo, la Unión de Consumidores señala que la mayoría de las consultas que recibe están relacionadas con la moratoria hipotecaria. Una ayuda que consiste en el aplazamiento del 50% de la cuota de la hipoteca hasta un máximo de 500 euros mensuales para las familias que cumplan diversos requisitos (principalmente que se encuentren en situación de desempleo). El plazo de esta moratoria es desde el 1 de marzo de 2009 al 28 de febrero de 2011.
Al acabar el plazo, los beneficiarios tendrán un periodo de diez años para devolver el importe que no han pagado durante la moratoria. Esta ayuda se instrumenta a través del ICO, el cual ha dotado de 6.000 millones de euros para la misma. Pero según la UCE, ninguna entidad financiera ofrece aún a sus clientes ninguna propuesta en este sentido.

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