lunes, 20 de julio de 2009

El TSJA ignora el PGOU y sigue anulando licencias urbanísticas. Marbella (SUR)

Dos urbanizaciones ya habitadas de Aifos y Ávila Rojas se suman a la larga lista de viviendas ilegales

La maquinaria de la Justicia es lenta pero pesada. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado recientemente dos nuevas licencias urbanísticas concedidas en la 'era Gil' a dos empresas vinculadas al caso 'Malaya', Aifos y Turpiana, ésta última del Grupo Ávila Rojas. El alto tribunal andaluz sigue su curso mientras el Ayuntamiento tiene las miras puestas en la aprobación provisional provisional -la segunda- de su Plan Urbanístico que regularizará la situación de muchas de estas viviendas. Será el 29 de julio.
Estos dos fallos judiciales no son los primeros y tampoco serán los últimos a juzgar por el volumen de licencias impugnadas por la Junta de Andalucía contrarias al planeamiento urbanístico. Unas 380 en once años. Las dos sentencias fueron emitidas el mismo día, el pasado 30 de enero, y ambas hacen referencia a sendas licencias urbanísticas concedidas al amparo de un PGOU aprobado por el GIL que nunca llegó a ser legal.
La primera de ellas implica a 42 viviendas ya habitadas en la Urbanización Lunamar, en la playa de Las Dunas de Las Chapas. La comisión de gobierno otorgó la licencia de obras el 29 de agosto de 2001. En este caso, la calificación del suelo como comercial en el Plan del 86, el único aún vigente, es incompatible con el uso residencial previsto en el proyecto. Ni el Ayuntamiento ni la codemandada, la empresa, han puesto reparos en el procedimiento. El Consistorio incluso se ha allanado a la petición de la Junta de Andalucía, mostrando así su conformidad con que se anule la licencia.
El Ayuntamiento, como en casos anteriores, enviará un escrito al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía para pedir que no se ejecute el fallo y evitar la demolición, al menos hasta la aprobación definitiva del PGOU de la ciudad, prevista para este año.
La segunda sentencia hace referencia a 24 viviendas en la tercera fase de la Cañada de Gualdapín ejecutadas por la entidad mercantil Guadalpín Promociones y Obras S.L. tras obtener una licencia contraria a planeamiento en enero de 2002.
En ambos casos la Sala de lo Contencioso Administrativo de Málaga del TSJA recuerda que el Plan General de Ordenación Urbana de 1998 aprobado por silencio administrativo fue «expresamente» rechazado ese mismo año por los tribunales por lo que su eficacia «es nula».

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