viernes, 23 de julio de 2010

Absuelto el alcalde de Villanueva del Trabuco de un delito urbanístico (SUR)

La juez dice que no hubo ilegalidad porque las normas urbanísticas no estaban publicadas y que el regidor no actuó con ánimo de incumplirlas
23.07.2010 -
MONTSE MARTÍN
MÁLAGA.

Absuelto el alcalde de Villanueva del Trabuco de un delito urbanístico
Antonio Vegas ocupa la Alcaldía desde el año 1996. :: ANTONIO SALAS
Nueva sentencia absolutoria para un alcalde acusado de delito urbanístico. Esta vez ha sido el regidor de Villanueva del Trabuco, Antonio Vegas (PSOE), que había sido juzgado por conceder una licencia en suelo no urbanizable. La sentencia del Juzgado de lo Penal número 1 le absuelve porque las normas urbanísticas del municipio, pese a estar aprobadas, no habían sido publicadas en su totalidad, por lo que carecían de vigencia y, en consecuencia, la licencia concedida no contravino la legalidad. Igualmente, la juez no aprecia que Vegas tuviera conciencia de estar cometiendo una ilegalidad.
La sentencia declarada probado que en abril de 1999 un particular pidió una licencia de obras para la construcción de una vivienda nueva, emitiéndose el mismo día de la solicitud un informe favorable del técnico municipal sobre la concesión a efectos de valoración. Tras esto, se dictó una resolución de la Alcaldía concediendo la licencia y un decreto legalizando la construcción.
La resolución recoge que el texto completo de las normas subsidiarias del planeamiento de Villanueva del Trabuco no fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP)y precisa que los terrenos donde se construyó la vivienda cuentan con servicios urbanísticos de acceso rodado, abastecimiento de agua, saneamiento y suministro de luz.
Dado que su falta de publicación impide la eficacia de las normas subsidiarias, el texto legal aplicable, según la sentencia, debe considerase la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, que contempla como urbanos los terrenos que cuenten con los servicios urbanísticos antes citados. Este es el caso del suelo sobre el que se construyó la vivienda autorizada por el alcalde, por lo que la juez entiende que su calificación es de urbano, por tanto la licencia «no sería contraria a las normas».
La sentencia afirma, además, que no ha quedado probado que Vegas tuviera «conciencia de ilegalidad», ya que antes de su toma de posesión como alcalde las licencias se concedían por decreto, sin informes urbanísticos. «Su actuación -explica la magistrada- fue la forma de operar a lo largo de los años en esa Corporación», por lo que no se ha demostrado que «actuase dolosamente».
El abogado del regidor, José Carlos Aguilera, considera «acertada» la diferencia hecha en la sentencia entre ilegalidad administrativa e ilícito penal, «porque no toda infracción administrativa es un delito» y aplaude que se aplique el principio de la publicación de las normas para su vigencia y eficacia. Además, califica de «sorprendente» que el Ministerio Fiscal «ignore o desconozca estos principios y, en ocasiones, mantenga acusaciones sin fundamento».

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