martes, 22 de mayo de 2012

l exalcalde de Sayalonga es absuelto por segunda vez de un delito urbanístico (SUR)


El exalcalde de Sayalonga José Luis Navas ha sido absuelto por segunda vez de delito urbanístico. La sentencia del Juzgado de lo Penal número 6 de Málaga ha exculpado al que fuera regidor de la localidad de cuatro delitos contra la ordenación del territorio de los que fue acusado por la Fiscalía de Medio Ambiente y Urbanismo por conceder en 2005 cuando ocupaba la alcaldía cuatro licencias para la construcción de viviendas unifamiliares. La juez considera que Navas no prevaricó, pues no se ha acreditado que los permisos fueran otorgados «a sabiendas de que eran injustos». En su sentencia, también se absuelve al resto de los acusados: los promotores de las cuatro viviendas viviendas (entre ellos una funcionaria municipal), así como los siete concejales del Ayuntamiento de Sayalonga que votaron en el pleno municipal y en la junta de gobierno local la concesión de los permisos.
El fiscal imputó a los promotores por construir en suelo no urbanizable y que para dar le apariencia legal a la operación instalaron en las parcelas un rudimentario sistema de riego y llevaron a cabo una pequeña plantación de frutales, con la intención de tramitar el proyecto de actuación. Los expedientes que fueron informados favorablemente por un técnico municipal, también acusado pero ya fallecido, aunque en cada caso la Delegación de Obras Públicas emitió informe desfavorable por entender que no quedaba suficientemente justificada la necesidad de vivienda vinculada a explotación agrícola. Los proyectos, no obstante, fueron aprobados en pleno en 2005.
La sentencia afirma que los informes «desfavorables» de la Junta de Andalucía no eran vinculantes para el Ayuntamiento, «por lo que no se ha de concluir necesariamente la injusticia del acto», que es lo que exige el delito de prevaricación que se imputó a los acusados. Señala que «lo relevante para apreciar la prevaricación es si los acusados decidieron aprobar el proyecto de actuación pese a tener constancia de que no existía la explotación agrícola o de que esta no permitía considerar necesaria la construcción de una vivienda».
Interpretación de la LOUA
A juicio de la magistrada el ayuntamiento «puede disentir» del criterio de la administración autónoma, sobre todo cuando en la Ley de Ordenación del Territorio (LOUA) el concepto de necesidad de vivienda y su vinculación con el destino agrícola «gozan de indeterminación legal y permite interpretaciones. En el caso de las viviendas de Sayalonga, los promotores presentaron al Ayuntamiento el informe de un perito agrícola que sirvió al Consistorio para considerar acreditada la existencia de una pequeña plantación.
José Luis Navas abandonó el cargo en 2009 tras ser condenado por delito urbanístico, pero luego fue absuelto por la Audiencia de Málaga tras ser revisado el caso.

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