martes, 7 de abril de 2009

El Supremo reactiva el proceso de independencia de San Pedro. Marbella (LA OPINION)

El TS dice que el órgano competente para pronunciarse sobre la separación es el Consejo de Gobierno de la Junta y no la Consejería de Gobernación.

P. SÁNCHEZ / J. A. SAU. MARBELLA El Tribunal Supremo ha dado alas a las aspiraciones independentistas de San Pedro Alcántara. En una histórica resolución, el Alto Tribunal ordena retrotraer el expediente de segregación al 16 de septiembre de 1994, cuando el director general de Administración Local y Justicia de la Junta declaró su caducidad y archivo.


La comisión pro independencia de San Pedro interpuso una demanda ante el TSJA después de que la Consejería de Gobernación desestimara sus pretensiones por silencio administrativo en 1992. Además, pidieron ampliar el contencioso contra la decisión de la Dirección General de Administración Local, que en septiembre del 94 acordó archivar el expediente de segregación, amparado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal andaluz.


Los independentistas sostienen que la resolución de 1994 es nula de pleno derecho y que el Consejo de Gobierno es el que debería haberse pronunciado. Ahora, el Supremo declara que la Sala del TSJA debería haber admitido la ampliación del recurso contra esa resolución y pronunciarse sobre la declaración de caducidad del expediente.


"La citada resolución declaró indebidamente el archivo del expediente, ya que lo hizo examinando la concurrencia de requisitos de fondo sobre la procedencia o no de la segregación, amparándose en la supuesta falta documentos", añade la Sala. Lo cierto es que se aportaron documentos de que entre Marbella y San Pedro hay 7.500 metros cuadrados de suelo no urbanizable, requisito básico para otorgar la independencia, pero el director general de Administración Local y Justicia no lo tuvo en cuenta.


Los magistrados consideran que la Consejería de Gobernación no era la competente para pronunciarse sobre el fondo del asunto, lo que hizo el director general usando el paraguas de un defecto de forma. "Dicha decisión correspondía al órgano competente para acceder o denegar la segregación, no al órgano instructor del expediente", reflexiona el tribunal.
Además, los magistrados declaran probado que se vulneró la Ley de Procedimiento Administrativo, ya que se hace pasar una denegación de segregación como archivo del expediente; vulneración que luego repetirá el TSJA al apoyar las tesis de la Junta en su sentencia.


La decisión de la Dirección General "es nula de pleno derecho por haber sido dictada por órgano manifiestamente incompetente". El competente es el Consejo de Gobierno.
Por tanto, se anula el fallo del TSJA en el que se rechazaba la ampliación del recurso contra la resolución autonómica y se declara nula de pleno derecho. El expediente es reabierto y vuelve al mismo estado que en septiembre de 1994.


Reacciones. El presidente de la Asociación Pro-Independencia de San Pedro, Manuel Fernández Valdivia, afirmó ayer que la decisión del Supremo es un "gran revés" a la Junta, pero no ha sido suficiente. "No han entrado en el fondo de la cuestión -lamentó Fernández Valdivia-. La Junta declaró indebidamente la caducidad del expediente y el Tribunal no estudia el fondo de la solicitud de segregación, con todos los datos que se aportaban y que eran favorables para conseguirla", subrayó. Los partidarios de que San Pedro sea el municipio 102 no actuarán hasta saber qué va a hacer la Junta. "Ya nos han hecho perder muchos años para demostrar que la supuesta caducidad no ha existido".


El mal está hecho, pero aún queda la posibilidad de enmendarlo y, para el presidente de los sampedreños favorables a la autonomía, "la ultima palabra siempre la tendrá el pueblo".
Por su parte, la alcaldesa de Marbella, Ángeles Muñoz, también manifestó que estudiará con detenimiento el fallo del Supremo, que devuelve el expediente a manos de la Junta de Andalucía.

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