miércoles, 4 de mayo de 2011

Condenada a devolver 35.000 euros de un piso por no entregarlo en el plazo (SUR)

La promotora se comprometió a un periodo de dos años, pero han pasado ocho y la casa carece de licencia de primera ocupación
04.05.2011 -
MONTSE MARTÍN mmartin@diariosur.es
MÁLAGA.

Un juzgado de la capital ha condenado a una promotora a devolver el dinero de una vivienda por no entregarla a su comprador en el plazo estipulado. Han pasado ocho años y la vivienda, aunque ya está construida, no cuenta todavía con la preceptiva licencia de primera ocupación. La sentencia acuerda resolver el contrato entre las partes en virtud del cual la empresa se comprometió a entregarla en un periodo máximo de 24 meses y ordena a la promotora devolver los casi 35.000 euros entregados por el afectado, un ciudadano de origen británico, además de los correspondientes intereses legales.
El afectado suscribió el 27 de febrero de 2003 un contrato privado de compraventa con la empresa, perteneciente al Grupo Mirador, a la que entregó distintas cantidades de dinero a cuenta del precio convenido que ascendió a un total de 34. 889 euros por la adquisición de la vivienda en una promoción en Fuengirola. En una de las estipulaciones del contrato se estableció que la casa sería entregada a la parte compradora en el plazo máximo de 24 meses a contar desde la firma del acta de replanteo por parte de la dirección facultativa de la obra. En vista de que la entrega de la vivienda se retrasaba, en octubre de 2008 el comprador comunicó a la promotora su decisión de resolver el contrato de compraventa y solicitó la devolución de las cantidades entregadas a cuenta y los correspondientes intereses.
La sentencia califica de «inaceptable» para el comprador «la ambigüedad e imprecisión» del contenido de la cláusula que estipula el plazo a partir del acta de replanteo, lo que en la práctica significaría que su fijación vendría determinada «a voluntad de una de las partes». Para el juez, la fecha estipulada en el contrato debe considerarse una fecha fija y no una mera previsión o aproximación a ésta, por lo que declara resuelto el contrato por incumplimiento de la promotora, a la que condena, además de al pago de las costas, a devolver los casi 35.000 euros abonados por el comprador.
El dueño del grupo Mirador está pendiente de ser enjuiciado también, esta vez por la vía penal, por un delito de apropiación indebida por quedarse, presuntamente, con el dinero de unas viviendas que no construyó en Vélez-Málaga. También está acusado en otro proceso por presuntos delitos de fraude a la Seguridad Social e insolvencia punible.

1 comentario:

  1. A ver si yo tengo la misma suerte. Y ellos ademas van a la carcel

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