miércoles, 25 de noviembre de 2009

Las casas irregulares en Almogía se multaban con cuantías mínimas (La Opinión)

La jueza instructora pregunta por este tipo de sanciones que se imponían en lugares donde no se podía edificar


Almexia. Hoy declarará Cristóbal Torreblanca, alcalde de Almogía.
Almexia. Hoy declarará Cristóbal Torreblanca, alcalde de Almogía. C. C.

JOSÉ ANTONIO SAU. MÁLAGA La titular del juzgado de Instrucción número 12 de Málaga tomó ayer declaración al secretario del Ayuntamiento de Almogía, imputado en la operación ´Almexia´ por prevaricación, contra la ordenación del territorio, falsedad y negociación prohibida a funcionarios. Una de las preguntas que le hizo la instructora fue reveladora de la investigación que se lleva a cabo: le interrogó sobre "las sanciones en grado mínimo donde no se podía edificar". Es decir, por qué se impusieron supuestas multas en la cuantía mínima establecida por la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) a casas irregulares.
El secretario explicó, según fuentes judiciales, que él se limitaba a emitir los informes al alcalde o al instructor del expediente de forma manuscrita, una vez que ya contaba con el del arquitecto municipal. En base a ello, emitía su propuesta de sanción. "No hay circunstancias agravantes para imponer otra sanción. En concreto ni que el suelo sea no urbanizable ni que la casa esté terminada", alegó.

Licencias. Este funcionario es el encargado de efectuar los informes jurídicos que, junto a los técnicos, sustentaban la concesión de la licencia de obra. Reconoció que esos estudios son estándar y que "así se trabaja habitualmente". En total, se investigan diez licencias. Las propuestas de resolución de los expedientes eran firmadas, según dijo, por una funcionaria, que también compareció ayer ante el juez.
Fue cuestionado sobre si esos análisis previos debían ser detallados e individualizados para cada caso como establece la ley, a lo que contestó que no son "ambiguos, sino rigurosos", ya que se pliegan a lo que marca la norma. "La licencia de obra requiere un informe técnico y otro jurídico; la licencia se concede en un 98% en base al proyecto técnico. Mi informe jurídico no tiene capacidad para poner en cuestión lo que dice el informe técnico", relató. Por tanto, resulta suficiente con esos estudios estándar referidos, según añadió, a aspectos "procedimentales y formales".
Otras preguntas giraron en torno a una finca de su propiedad en la que se construyeron dos viviendas. La licencia municipal la recibió mucho antes de que se aprobara el nuevo PGOU de la localidad –2009– que, por otro lado, declaraba como urbanizable ese suelo (antes era no urbanizable diseminado). A pesar de ello, según la normativa anterior, se podía edificar siempre que la parcela tuviera más de 3.500 metros –y ésta tenía 8.000–.
Otro punto sobre el que giró su comparecencia fue una supuesta intermediación del policía local que también declaró ayer en la compra de esta finca. El secretario dijo que ello "no le consta". También fue cuestionado por el abogado de otro imputado sobre por qué la Policía Local realizaba informes de antigüedad de viviendas sin ser técnicos los agentes. "Era la práctica habitual", dijo, aunque no supo precisar quién lo ordenó, según las fuentes.

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