jueves, 27 de noviembre de 2008

La Junta facilita la conversión de viviendas libres en VPO (La Opinión)

El objetivo de la orden ya aprobada es incentivar la venta de viviendas construidas y que se han visto afectadas por el parón del mercado inmobiliario

EFE. SEVILLA La Junta de Andalucía publicó ayer una orden que desarrolla el Plan Concertado de Vivienda y Suelo, en la que se modifican las superficies mínimas y máximas para calificar las VPO y permitir a los promotores de viviendas libres su conversión en protegidas.
La orden cambia las características de las VPO con la pretensión de facilitar la conversión de viviendas de renta libre a aquellos promotores que se sumen a la iniciativa. Desde que el pasado julio el Gobierno andaluz planteó la posibilidad de reclasificar las viviendas que se construían o estaban construidas en régimen de venta libre como protegida, se han presentado un total de 2.045 solicitudes, de las que 771 ya han sido calificadas como VPO.
Provincias. De estas, la mayoría corresponden a las provincias de Almería (330), Jaén (166) y Málaga (138). Le siguen Cádiz (48) y Huelva (29), mientras Sevilla, Granada y Córdoba no contabilizan ninguna vivienda de renta libre calificada como VPO.
Restan otras 1.334 solicitudes, la mayoría también de Almería, que aún están sin calificar.
No obstante, a la cifra total de demandas para el cambio de calificación podrían sumarse otras 1.990 viviendas, según los datos aportados a Efe por la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio que dirige Juan Espadas.
La intención del Gobierno andaluz es facilitar la conversión para posibilitar a los promotores inmobiliarios una salida a las viviendas que no son capaces de vender por el parón en el mercado inmobiliario, así como aumentar la oferta de VPO.
La Junta permitirá a las viviendas que ya posean licencia de obras una desviación de hasta el 15% respecto a las superficies mínimas y máximas establecidas en la citada normativa técnica.
La regla establece que las VPO de un dormitorio tendrán una superficie máxima de 60 metros cuadrados útiles; las de dos, 70, las de tres, 90 y las de cuatro o más, la máxima permitida o financiable por los Planes de Vivienda vigentes, en aquellos programas en los que se permitan superficies mayores a 90 metros.
Además, las familias con ingresos por debajo de 2 veces el IPREM (en el caso de las vivienda en venta) o 2,5 el IPREM (en los casos de rehabilitación) quedan exoneradas de acreditar que se encuentran al corriente de los impuestos o pagos a la Administración.

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