jueves, 3 de febrero de 2011

El TSJA anula la ordenanza aprobada por Frigiliana para autorizar las casas en el campo (SUR)

El Alto Tribunal Andaluz considera inaplicable el artículo tres de la norma, que fija los criterios para otorgar las licencias en el suelo no urbanizable
03.02.2011 -
EUGENIO CABEZAS
FRIGILIANA.

El TSJA anula la ordenanza aprobada por Frigiliana para autorizar las casas en el campo
El PA dice que se han dado quince licencias con la normativa. :: E. C.
La Sala de lo Contencioso Administrativo de Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha declarado nulo el artículo tercero de la ordenanza aprobada por el Ayuntamiento de Frigiliana en abril de 2004 por la cual se regulaban las autorizaciones de licencias para la construcción de viviendas en el suelo no urbanizable del municipio. Este fallo se produce casi siete años después de que la Junta de Andalucía, tras la denuncia de los ecologistas, llevara al juzgado de lo contencioso una normativa que desde el equipo de gobierno del PA siguen entendiendo como «muy necesaria» para poner orden en el caos urbanístico de la Axarquía.
«Es cierto que el tribunal andaluz ha fallado ahora en nuestra contra, y que por lo tanto no se va a continuar aplicando la ordenanza, pero hay que dejar muy claro que las viviendas que se han autorizado en estos años en base a esta normativa, que han sido alrededor de unas quince, no son ilegales, porque la ley no puede tener efectos retroactivos, y cuando la Junta y los ecologistas presentaron su recurso y pidieron que se paralizara la aplicación de la ordenanza, el juez lo desestimó y continuo con el recurso», argumentó ayer a SUR el concejal de Urbanismo frigilianense, Francisco Moyano (PA).
Según explicó el edil, el equipo de gobierno del PA está estudiando ahora, conjuntamente con los servicios jurídicos municipales y con el asesoramiento del gabinete jurídico de la Diputación Provincial, que presta servicio a todos los ayuntamientos pequeños de la provincia, la posibilidad de presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, por una sentencia que acatan y aceptan pero que consideran «injusta». «Lo que no puede ser es que nueve años después de que se aprobara la LOUA, aún no se haya redactado un reglamento para saber qué se puede y qué no se puede hacer en el suelo no urbanizable», se quejó Moyano.
Mesa del Urbanismo
El concejal recordó que todos los ayuntamientos de la comarca, a través de la Mancomunidad de Municipios, constituyeron en 2009 la llamada Mesa por el Urbanismo, que pedía la modificación de la ley andaluza y su desarrollo reglamentario, tal y como planteó la ordenanza ahora anulada por el TSJA. «Es una pena que tantos esfuerzos no hayan servido para nada, por la cobardía del PSOE para reclamar en Sevilla ante la Junta de Andalucía», manifestó.
El Alto Tribunal Andaluz entiende que la ordenanza se extralimita en las competencias municipales, pues en su artículo tres recogía los criterios que deben cumplir las viviendas que se construyan en el campo, de acuerdo a lo estipulado por la LOUA en cuanto a su vinculación al uso agrícola, ganadero o forestal. «Exigimos unos metros mínimos de terreno, una documentación para justificar la dedicación a la agricultura y las dimensiones y características de la edificación», relató el edil.
«Otra cosa es lo que después hayan hecho los propietarios, pero el Ayuntamiento siempre ha cumplido con la ley y ha abierto expediente a los que no se ajustaban a las licencias», argumentó Moyano, quien reclamó que la Junta apruebe «de una vez» un reglamento específico sobre las viviendas en el suelo no urbanizable. «El problema es muy grave, porque todos los proyectos de actuación que se han presentado para construir viviendas en el campo en la Axarquía han sido informados desfavorablemente por la Junta, aunque estos informes eran preceptivos pero no vinculantes», explicó el edil.

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