jueves, 6 de mayo de 2010

Los recursos al urbanismo de la Junta dejan en el aire medio centenar de PGOUs (SUR)

Los ayuntamientos podrán cambiar más adelante sus planes si el TSJA tumba la ordenación del Gobierno andaluz
06.05.2010 -
JESÚS HINOJOSA
MÁLAGA.

Los setenta recursos recibidos por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en contra de algunas de las determinaciones de los planes urbanísticos aprobados por la Junta de Andalucía para la provincia generan incertidumbre para el medio centenar de planes locales que abarcan y que deben someterse a los dictados de la ordenación marcada por el Gobierno andaluz. Si las sentencias del TSJA sobre estos recursos, cuya presentación fue adelantada por este periódico el pasado martes, son favorables a los planteamientos de los demandantes, la Junta se verá obligada a dar marcha atrás en el contenido de sus planes subregionales y los ayuntamientos -que han planteado algunos de los recursos al TSJA- tendrán vía libre para modificar sus planes generales de ordenación urbana (PGOUs).
En esta situación se encuentran los planes urbanísticos de los 13 municipios que abarca el Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Málaga (POTAUM), los 29 del plan para la costa oriental y los nueve incluidos en el plan para la occidental. En total, 51 planes urbanísticos locales que pueden variar en el futuro en función de los fallos judiciales del TSJA o del Tribunal Supremo, en caso de que las demandas lleguen a resolverse en este ámbito judicial.
Según fuentes expertas en derecho urbanístico consultadas por este periódico, los fallos judiciales que se produzcan sobre los setenta recursos planteados al TSJA pueden obligar a la Junta a dar marcha atrás en sus planteamientos y dejar vía libre a los ayuntamientos para trazar su diseño urbanístico. No obstante, para que ello se produzca, y siempre a voluntad de los municipios, tendrán que tramitarse modificaciones de los planes locales para hacer posible los cambios que se quieran aprobar.
Por otro lado, la emisión de sentencias en contra de lo dictaminado por la Junta puede llevar a algunos propietarios a plantear demandas de daños y perjuicios al Gobierno andaluz por no haber podido desarrollar sus proyectos en un determinado plazo de tiempo. No obstante, este tipo de demandas tendrían sentido sobre todo para aquellos casos de proyectos que, habiendo sido aprobados con anterioridad a nivel local, haya sido frustrados posteriormente por la ordenación urbanística regional.

No hay comentarios:

Publicar un comentario