martes, 8 de marzo de 2011

Cajamar no quitará las cláusulas de suelo hasta que el juez le obligue (La Opinión)

La entidad esperará a final de abril para ver si le dan la razón al recurso presentado junto a BBVA y Caixa Galicia


JOSÉ VICENTE RODRÍGUEZ. MÁLAGA Cajamar, una de las tres entidades financieras junto a BBVA y Caixa Galicia afectada por la primera sentencia judicial que suprime las cláusulas de suelo en las hipotecas, no decidirá hasta final de abril si aplica la sentencia a los préstamos firmados hasta la fecha. El fallo del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla fue dictado el pasado 30 de septiembre tras una denuncia presentada por el colectivo de consumidores Ausbanc y, aunque las entidades recurrieron las sentencia, el juez decretó la ejecución provisional de la misma, sin necesidad de esperar a que sea firme. Sin embargo, tanto Cajamar como BBVA y Caixa Galicia volvieron a presentar un recurso de oposición contra ese auto de ejecución provisional. Hasta que el juez no decida sobre el mismo –y eso ocurrirá a final de abril– Cajamar no eliminará las cláusulas de suelo, siempre, claro está, que el magistrado no dé la razón a las entidades y decida que se espera a una sentencia firme.

El tema no es baladí, ya que una decisión en contra de las entidades financieras obligaría de inmediato a devolver a los titulares de hipotecas con cláusula de suelo todo el dinero que les haya sido cobrado de más con carácter retroactivo, un montante que podría ascender a «millones de euros», según explicaron fuentes del sector.

Sin suelo en las nuevas hipotecas
Cajamar, de momento, ya ha eliminado la polémica cláusula de suelo de las nuevas hipotecas que está concediendo desde el 1 de marzo. La nueva hipoteca, sin suelo ni techo, tiene un tipo de interés de partida del 4,25%, y con una bonificación por vinculación del 0,75%. Estas mismas fuentes comentaron que la supresión de las cláusulas de suelo traerá aparejado que los bancos y cajas –ya que Ausbanc tiene presentadas más de 50 demandas similares en toda España– eleven el tipo que aplican para cubrirse las espaldas.

La sentencia declaraba la nulidad de las cláusulas de suelo al considerar que eran abusivas debido al «evidente desfase» que existe entre los suelos y techos de los tipos de interés en los préstamos hipotecarios, que proporciona un beneficio al banco «que carece de reciprocidad en perjuicio del consumidor». El auto pide a las tres entidades la «expresa eliminación de dichas condiciones generales a la contratación y de abstenerse de utilizarlas en lo sucesivo».

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