martes, 16 de diciembre de 2008

Las cuenta vivienda y la rehabilitación de casas, vías para ahorrar impuestos en 2009 (El Mundo)

Hacienda permite deducirse hasta el 15% con un límite de 9.015 euros en ambos casos
Estas dos opciones encarna los productos de inversión y ahorro más tradicionales
Se aproxima el final del año y se acaba el plazo para inyectar dinero a las cuentas ahorro vivienda o abrirse uno de estos depósitos. Una opción ideal para desgravarse unos 1.200 euros en la próxima Declaración de la Renta. En este sentido, el colectivo de Técnicos del Ministerio de Economía y Hacienda (Gestha) aconseja hacer aportaciones a planes de pensiones, abrir una cuenta ahorro vivienda o rehabilitar un inmueble antes de que concluya el año para ahorrar impuestos de cara a la Campaña de la Renta del próximo ejercicio.

Gestha indica que a estos productos de inversión y ahorro más tradicionales se suman otros probablemente menos conocidos, pero útiles también para reducir la factura fiscal. Afiliarse a un partido político, realizar donativos a entidades sin ánimo de lucro y abrir una cuenta ahorro empresas, otras opciones para llevar lo mejor posible, desde el punto de vista económico, el 2009.

Si el contribuyente está pensando en adquirir su primera casa, no debe olvidar estas importantes deducciones

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Este organismo recomienda que si el contribuyente está pensando en adquirir su primera casa, no olvide que abriendo una cuenta ahorro vivienda, Hacienda le permitirá deducirse hasta el 15% de las cantidades que deposite en la cuenta (18% en el País Vasco), con un límite de 9.015 euros anuales. Recientemente, el Gobierno ha aprobado una moratoria para la ejecución de estos depósitos que expira el 31 de diciembre de 2010. Los que tuvieran que comprar casa en 2009 y 2010 usando la cuenta vivienda podrán aplazar su adquisición, aunque no se podrán seguir desgravando.

Además, añade que si las circunstancias han obligado a cambiar de casa o a reformar la que ya se tiene, los contribuyentes se pueden desgravar las cantidades destinadas a tal fin. El límite de la base de deducción es para ambos casos de 9.015 euros anuales. En caso de reforma, deberán ser obras centradas en ampliación de superficie, estructuras, fachadas y cubiertas por un coste global que supere el 25% del precio de adquisición o del mercado en el momento de efectuarla.

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