jueves, 7 de febrero de 2008

Absuelven a Bolín de los delitos de prevaricación y coacciones. Benalmádena (SUR)


El ex alcalde estaba acusado de construir una pista infantil de tráfico en un solar que unos vecinos reclaman como propio
El ex alcalde de Benalmádena Enrique Bolín ha sido absuelto por el Juzgado de lo Penal número 3 de Málaga de un delito de prevaricación por el que venía siendo acusado por la Fiscalía malagueña por acondicionar un solar que la comunidad de propietarios de Monte Alto I reclama como propio. El fiscal entendía que Enrique Bolín entró en un solar supuestamente privado y ordenó a los operarios que lo limpiaran, terreno donde más tarde el Consistorio construyó un pista infantil de tráfico.En la sentencia, también se absuelve al ex regidor de un delito de coacciones que le imputaba la acusación particular, ejercida por los supuestos afectados, la comunidad de propietarios.El abogado de Enrique Bolín, Antonio Jurado Correa, del despacho García Alarcón, aseguró estar satisfecho con la sentencia y destacó que el ex alcalde, al enterarse del fallo, expresó su alegría «porque se ha hecho justicia».
Cesión de terrenos
En los hechos probados se explica que, pese a que los terrenos fueron cedidos a una comunidad de propietarios de Benalmádena por parte de una constructora en octubre de 1987, la escritura nunca fue inscrita en el Registro de la Propiedad. Además, en noviembre de 2002 la constructora otorgó escritura pública de cesión gratuita de los mencionados terrenos al Ayuntamiento en cumplimiento de las obligaciones que le imponía el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Benalmádena.La titular del Juzgado de lo Penal número 3 de Málaga, María Luisa de la Hera Ruiz Berdejo, entiende que el ex alcalde no ha cometido ningún delito de prevaricación porque aún se discute la propiedad de los terrenos. Los vecinos denunciaron que en diciembre de 2002, los Servicios Operativos accedieron a la parcela -de 10.000 metros cuadrados y ubicada en la calle Jara- y construyeron el parque de tráfico, que se inauguró en 2004. En agosto de 2005, el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Torremolinos dictó una primera sentencia a favor de los vecinos. El entonces alcalde decidió recurrirla, aunque el 19 de diciembre de 2006, la Audiencia Provincial de Málaga volvió a dar la razón a la comunidad de propietarios, condenando en costas al Ayuntamiento de Benalmádena y a la promotora.

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