jueves, 7 de febrero de 2008

Un juzgado ordena la demolición de una vivienda ilegal en Pago Río Seco. Nerja (SUR)


Una sentencia condena a un vecino a pagar 2.160 euros por construir una casa con piscina en suelo calificado de no urbanizable con protección especial agrícola. La causa se inició tras una denuncia presentada por el Ayuntamiento en 2002
LA SENTENCIA
Número: 423/05 del Juzgado de lo Penal nº4 de Málaga.
Antecedentes: La causa se inicia ante la denuncia presentada por el Ayuntamiento de Nerja el 9 de abril de 2002 en el Juzgado de Primera Instancia de Torrox.
Hechos probados: F. F. A., vecino de Nerja, comenzó en el verano de 2001 la construcción de una vivienda unifamiliar con piscina en una zona calificada como suelo no urbanizable con protección especial, situada en la zona conocida como Pago Río Seco.
Fallo: Seis meses de prisión, una multa de 2.160 euros y la demolición de lo ilegalmente construido.

El Juzgado de lo Penal número 4 de Málaga ha dictado una sentencia en la que ordena la demolición de una vivienda construida en suelo calificado como no urbanizable en el actual Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Nerja. La vivienda ilegal está situada en la zona conocida como Pago Río Seco. El fallo judicial -al que tuvo acceso este periódico- condena además a F. F.A., vecino de Nerja, a una pena de seis meses de prisión, doce meses de multa con una cuota diaria de seis euros, con un total de 2.160 euros.La sentencia reconoce como hechos probados que este vecino comenzó en los meses de verano de 2001 la construcción de una vivienda unifamiliar de 138,89 metros cuadrados de superficie y de una piscina de 28,86 metros cuadrados en la zona de Pago Río Seco. El juez considera que F.F.A. ejecutó o promovió estas obras sin haber obtenido la preceptiva licencia municipal y en terrenos clasificados en el PGOU como suelo no urbanizable con protección especial agrícola en zona de huertos.La sentencia recoge que el acusado reconoció en el juicio que tenía conocimiento de la calificación de las tierras y que aún así construyó. F. F. A. explicó en la vista celebrada el 3 de noviembre que cuando pidió permiso se lo denegaron y apuntó que en los alrededores «otros vecinos hicieron lo mismo y hay otras casas de las dimensiones que la suya».La causa es iniciada ante una denuncia presentada por el Ayuntamiento de Nerja el 9 de abril de 2002 ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de Torrox. El Juzgado de lo Penal número cuatro de Málaga recibió las diligencias el 27 de febrero de 2004 y fijó la vista para el juicio el 3 de noviembre de 2005.
Testigos
En el procedimiento intervinieron como testigos Javier Martín, quien declaró que se estaba realizando un cortijo sin licencia y que hizo las fotos que constan en las actuaciones. Dos agentes de la Policía Local manifestaron que ellos fueron los que notificaron al acusado el decreto de paralización de la obra y le pusieron el precinto. Por último, el perito José Donato explicó en la vista que recuerda parte del informe y que la obra no encaja dentro del PGOU de Nerja.Donato manifestó además que tenía constancia que las tierras eran no urbanizables y que tenían una protección agrícola, que había un pequeño cortijo desde hacía tiempo y que le consta que hay viviendas del mismo tipo y el Ayuntamiento les ha abierto expediente sancionador, según recoge la sentencia a la que tuvo acceso SUR.El juez rechazó el argumento del acusado de que había otras construcciones similares en la zona y ordenó la demolición de lo ilegalmente construido por ser F. F. A. autor de un delito contra la ordenación del territorio. La sentencia aún no es firme y puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Málaga.

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