martes, 3 de marzo de 2009

Arranca la campaña de la renta que permitirá desgravar a quienes paguen alquiler (SUR)

Como novedad, la Agencia Tributaria contempla deducciones para los inquilinos con ingresos inferiores a 24.000 euros netos anuales El plazo para pedir el borrador termina el próximo 23 de junio

EL BORRADOR
Quién puede pedirlo: Todos los contribuyentes que reúnan las condiciones fijadas por ley para recibirlo. Aquellos que lo indicaron a través de la casilla de petición en la pasada declaración de la renta o que ya confirmaron al año anterior el impreso lo recibirán sin necesidad de que repitan la petición.
Cómo se solicita: Facilitando el NIF y la casilla 698 (cuota íntegra, parte estatal) de la declaración de Renta 2007 antes del 23 de junio. Puede pedirse por Internet (www.agenciatributaria.es), por teléfono, en el 901 12 12 24 (servicio automático 24 horas) o en el 901 200 345 (de lunes a viernes, de 9 a 21 horas) o en las oficinas de cualquier delegación de la Agencia Tributaria.
Cómo se obtiene: A través de www.agenciatributaria.es con certificado de firma electrónica o con el número de referencia del borrador, o bien por correo tradicional en el domicilio del contribuyente. El Fisco ha vuelto a poner en marcha su maquinaria. Ayer, 2 de marzo, la Agencia Tributaria dio el pistoletazo de salida a la campaña de la Renta 2008 con la apertura del plazo de solicitud del borrador para aquellos contribuyentes que no lo pidieron marcando la casilla correspondiente en la pasada declaración. Como novedad, quienes tengan fijada su vivienda habitual en un piso de alquiler y ganen menos de 24.000 euros netos anuales podrán beneficiarse de una deducción con un límite del 10% de la cuota estatal sobre un máximo de 9.015 euros.
Dicha ayuda es progresiva, de tal forma que la deducción será menor cuanto mayores sean los ingresos que perciba el inquilino, siempre con el límite de los 24.000 euros.
No es la única reforma que incluye esta campaña. Así, este año la Agencia Tributaria ha elevado de 10.000 a 11.200 euros la renta máxima anual que exime de presentar la declaración de la renta cuando se tiene más de un pagador. Eso sí, siempre que la suma del segundo o de los restantes pagadores sea superior a 1.500 euros.
Deducción de 400 euros
Asimismo, los contribuyentes que no hayan recibido mensualmente a través de sus nóminas la deducción de 400 euros ofrecida por el Gobierno central podrán solicitarla al presentar la declaración.
Según los datos ofrecidos ayer por la Agencia Tributaria, en el ámbito estatal, ya hay 15.275.792 solicitudes de borrador, 446.227 de ellas procedentes de Málaga, lo que arroja un crecimiento del 10% respecto al dato del pasado ejercicio.
Una vez recibido el borrador, los técnicos del Ministerio de Hacienda recuerdan la importancia de revisar con lupa el documento antes de darle el visto bueno. Hecho esto, podrán confirmarlo a partir del 1 de abril y hasta el 23 de junio si se domicilia el pago.

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